Todo empleado que sea despedido, amenazado con ser dado de alta, degradado, suspendido o de cualquier manera discriminado y/o tomado represalias en los términos y condiciones de su empleo por realizar una “actividad protegida” bajo la jurisdicción del comisionado laboral puede presentar una queja con la División de Cumplimiento de Normas Laborales (DLSE, por sus siglas en inglés).
Ejemplos de algunas actividades protegidas incluyen presentar o amenazar con presentar una demanda salarial ante la oficina del Comisionado de Trabajo, tomarse un tiempo libre para servir en un jurado, quejarse de un peligro para la seguridad o la salud, y/ o negarse a realizar un trabajo que puede ser peligroso.
Tipos de Discriminación, Leyes y Defensas
- Abogado Defensor de Discriminación por Edad para Empleadores
- Ley de Discriminación por Discapacidad y Defensas
- Ley de Discriminación por Origen Nacional y Defensas
- Elementos y defensas de la Ley contra la discriminación racial
- Ley de Discriminación Religiosa y Defensas
- Ley de Discriminación de Género y Defensa DFEH FEHA
- Ley de Acoso Sexual y Defensa DFEH FEHA
- Ley de Discriminación por Orientación Sexual y Defensa DFEH FEHA
- Abogado defensor de la Ley de Represalias DFEH FEHA
- Descarga por Despido Injusto en Violación de la Ley de Política Pública y Defensa
Limitación de Tiempo para que los Empleados Presenten una Demanda
Hay plazos específicos para presentar una denuncia por discriminación/represalias ante el DLSE. La mayoría de las secciones del Código del Trabajo y las órdenes de la CBI exigen que la denuncia se presente dentro de los seis meses siguientes a la promulgación de la ley discriminatoria/de represalias. Sin embargo, algunas secciones del Código Laboral tienen plazos más largos para presentar una denuncia. Las Secciones 230(c) y 230.1 del Código Laboral que permiten a los empleados que son víctimas de violencia doméstica tomar tiempo libre del trabajo para obtener ayuda o alivio tienen un año a partir de la fecha de ocurrencia de la violación para presentar una denuncia. Además, el artículo 1197.5 del Código del Trabajo, que se refiere a la discriminación en el pago de salarios por motivos de sexo, tiene un plazo de dos años a partir de la fecha de la actividad discriminatoria para presentar una denuncia.
Sin embargo, cuando un empleado es objeto de discriminación/represalias por denunciar o reportar violaciones de las leyes de concesión de licencias relativas a las instalaciones de cuidado infantil de conformidad con el artículo 1596.881 del Código de Salud y Seguridad, el plazo para la presentación de una denuncia no debe ser posterior a los noventa días después de la acción adversa.
Procedimiento tras la Presentación de la Denuncia
Después de presentar la queja, el empleado será contactado por un Investigador de Denuncias de Discriminación de la oficina del Comisionado de Trabajo. El empleado, el empleador y los testigos que puedan tener información sobre el caso pueden ser entrevistados.
El investigador preparará un informe escrito y lo enviará al comisionado de trabajo para su revisión. El comisionado de trabajo, después de revisar el informe escrito emitirá una decisión sobre la queja basada en los hechos descritos en el informe. Para obtener más información y detalles sobre cómo presentar una denuncia de discriminación, el proceso de esta denuncia, los derechos de apelación y el formulario de denuncia de discriminación, haga clic aquí.
Audiencia del Comisionado de Trabajo
En algunos casos, si el comisionado de trabajo considera que hay una necesidad de obtener más información, se puede celebrar una audiencia ante un Oficial de Audiencias de DLSE. Tanto el empleador como el empleado recibirán una notificación por escrito y una copia del resumen de los hechos al menos cinco días antes de la audiencia programada. Esta audiencia es una audiencia informal; sin embargo, todas las partes pueden citar a testigos y documentos para apoyar los hechos descritos en el informe escrito y pueden tener abogados, representantes sindicales u otras personas de su elección para que los representen en la audiencia. El oficial de la audiencia presentará un “Hallazgos de Hecho y Conclusión” al comisionado de trabajo dentro de los siete días de la audiencia.
Reclamación de Demandas y Apelación de los empleados
Si después de una investigación el comisionado laboral desestima la queja, el empleado tiene el derecho de presentar una acción judicial privada separada contra el empleador. Además, un empleado que alegue discriminación o represalias debido a cualquier acción que involucre las regulaciones federales de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA) tiene el derecho de presentar una queja ante la agencia federal de OSHA. Esta denuncia puede presentarse simultáneamente con la denuncia del Comisionado Estatal del Trabajo. Los empleados deben, sin embargo, presentar una demanda ante la OSHA federal dentro de los treinta días de la acción adversa actual.
Reparación y Daños
En virtud de las leyes contra la discriminación/represalias, el recurso disponible es lo que se conoce como un recurso de “completar”. Este recurso puede incluir, entre otras cosas, la reincorporación al empleo, la revocación de un descenso de categoría, el pago de salarios atrasados, la reintroducción de prestaciones, la depuración de los expedientes del personal de cualquier memorando o carta desfavorable, una orden de cese y desistimiento y la publicación de un aviso en el lugar de trabajo.